Avala SCJN pena de de 15 a 30 años por compartir videos sexuales de menores
*Redacción Diario Evolución*

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) informó que es constitucional la pena de 15 a 30 años de prisión para sancionar a quien comparta, por cualquier medio, videograbaciones con contenido sexual en las que participen personas menores de edad.
Consideró que esta sanción es proporcional a la gravedad de la conducta y busca proteger derechos fundamentales como el libre desarrollo de la personalidad, la dignidad, la libertad personal y el bienestar de la niñez.
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En su publicación en la red X, antes Twitter, la Corte resolvió que compartir videos sexuales de menores “merece el mismo castigo que producirlos, porque ambas acciones causan el mismo daño y deben sancionarse igual para proteger a niñas, niños y adolescentes”.
Esto, tras resolver el caso de una persona sentenciada a 15 años de cárcel por el delito de trata de personas en esta modalidad, sanción prevista en el artículo 16 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas. El sentenciado promovió un amparo alegando que la pena era desproporcionada, pero este recurso fue negado.
G.L.
