Aclara SICT que Uber y taxis de aplicación no pueden operar en aeropuertos
*Redacción Diario Evolución*

La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes informó que los servicios de transporte de pasajeros hacia o desde aeropuertos, ofrecidos por aplicaciones como Uber, no cuentan con autorización expedida por la dependencia para operar en esas zonas.
También explicó que Uber, pese a tener la suspensión definitiva, carece de autorización para cargar pasaje, por lo que si bien no se puede detener o sancionar a sus choferes, la instrucción es que no pueden cargar en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) o el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA).
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Además, las autoridades especificaron que la suspensión definitiva que obtuvo Uber en aeropuertos es para que los operativos de la Guardia Nacional “se realicen conforme a la normatividad establecida en la Ley de Caminos y Puentes de Autotransporte Federal y el reglamento correspondiente aplicable, evitando que estos sean arbitrarios y discriminatorios”.
Por lo que, no significa una “autorización” para que Uber cargue pasaje en aeropuertos. Finalmente, la SICT informó a los usuarios del AIFA y del AICM que pueden seguir ocupando los servicios de taxis autorizados en aeropuertos, así como autobuses de pasajeros y servicios turísticos.
G.L.
