jueves, septiembre 24, 2026
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Hacienda publica reglas antilavado: estos negocios tendrán nuevas obligaciones

*Redacción Diario Evolución*

Foto: Especial.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó las modificaciones a las reglas generales de la ley para prevenir el lavado de dinero y el financiamiento de hechos ilícitos; el acuerdo fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, en el cual se hacen cambios específicos a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

  • La obligación no es igual para todos los negocios. La LFPIORPI establece distintos supuestos y montos a partir de los cuales deben realizarse determinadas acciones, como identificar clientes o presentar avisos. Las modificaciones alcanzan a los sectores que realizan las actividades consideradas vulnerables por la legislación, entre ellos:
  • Constructoras, desarrolladoras e inmobiliarias.
  • Joyerías y comercializadoras de metales y piedras preciosas.
  • Venta y comercialización de vehículos.
  • Casas de empeño y negocios que realizan préstamos o créditos en los supuestos previstos por la ley.
  • Notarios, corredores públicos y determinados profesionistas.

Diario Evolución recomienda:

  • Agentes y agencias aduanales.
  • Empresas relacionadas con activos virtuales.
  • Negocios dedicados a juegos con apuestas, concursos y sorteos.
  • Comercializadores de obras de arte.
  • Asociaciones que reciben determinados donativos.

También tendrán que reforzar la identificación del beneficiario controlador, es decir, la persona que finalmente obtiene el beneficio o ejerce el control sobre una operación. Además, las nuevas reglas contemplan obligaciones relacionadas con manuales de políticas internas, capacitación, monitoreo de operaciones, avisos, conservación de información y auditorías.

La aplicación será gradual. De acuerdo con la información difundida sobre el Acuerdo 115/2026, su entrada en vigor general está prevista para el 30 de noviembre de 2026. Las principales obligaciones comenzarán a aplicarse el 1 de marzo de 2027, mientras que los mecanismos automatizados de monitoreo deberán estar disponibles a más tardar el 1 de junio de 2027.

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G.L.

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