jueves, octubre 22, 2026
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En EdoMéx se castigará con hasta 36 años de prisión por violencia ácida

*Redacción Diario Evolución*

Foto: Especial.

El Congreso del Estado de México aprobó por unanimidad reformas históricas que permitirán alcanzar sanciones de hasta 36 años de prisión para quienes cometan el delito de violencia ácida o química contra mujeres. Esta pena máxima se aplicará cuando el ataque ponga en peligro la vida de la víctima y concurran agravantes específicas, tales como que el agresor sea un servidor público o que mantenga un vínculo de parentesco, sentimental, laboral, docente, de confianza o de cuidado con la afectada.

El decreto, que reforma el Código Penal estatal y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, es el resultado de iniciativas promovidas por las legisladoras de Morena, Zaira Cedillo Silva y Nelly Brígida Rivera Sánchez, la bancada del PRD coordinada por Omar Ortega Álvarez, y el impulso de la Fundación Carmen Sánchez.

El nuevo marco legal estipula una pena base de hasta 15 años de prisión y multas de 200 a 500 días para quien cause lesiones dolosas a mujeres, niñas o adolescentes utilizando ácidos, sustanciascorrosivas, tóxicas, inflamables o líquidos a altas temperaturas. Si el ataque provoca una desfiguración permanente en el rostro, cabeza, cuello, mamas o genitales, o causa la pérdida definitiva de una función orgánica o sentido, la sanción aumenta hasta los 20 años de cárcel.

Debido a las agravantes por relaciones de subordinación o parentesco, estas penas pueden elevarse hasta 22.5 y 30 años respectivamente, las cuales se sumarán a los seis años ya contemplados en la legislación vigente para lesiones que ponen en peligro la vida, consolidando la pena máxima de 36 años, cuya persecución se realizará de oficio. Asimismo, se fijaron castigos de hasta 16 años de prisión si este tipo de agresiones se cometen en contra de hombres.

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La legislación determina que la restitución debe cubrir de forma obligatoria cirugías reconstructivas, cirugías estéticas funcionales, rehabilitación física y psicológica, prótesis, tratamientos médicos especializados a largo plazo y compensaciones por lucro cesante. Para asegurar el cumplimiento de estos derechos, las autoridades estatales y municipales quedan mandatadas a garantizar el acceso gratuito, oportuno y continuo a todos los insumos y procedimientos médicos necesarios para la recuperación física y emocional de las afectadas.

En el ámbito de la salud, el decreto impone estrictas obligaciones tanto a las instituciones públicas como al personal médico de la entidad mexiquense. Las autoridades administrativas y judiciales deberán ordenar medidas de protección inmediata para trasladar de urgencia a las víctimas a unidades médicas de alta especialidad. Por su parte, el personal sanitario que atienda estos casos está obligado a brindar atención médica prioritaria, resguardar de manera rigurosa la evidencia clínica y biológica, y notificar inmediatamente al Ministerio Público. La omisión de este reporte por parte de los profesionales de la salud será sancionada conforme al Código Penal, de manera independiente a las responsabilidades administrativas que correspondan.

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G.L.

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