Aprueba SCJN fotos de candidatos en las boletas electorales
*Redacción Diario Evolución*

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la inclusión de fotografías de candidaturas en las boletas electorales, después de una votación dividida de cinco contra cuatro; esto en la discusión de reformas al Código Electoral de Coahuila, modificadas el 8 de julio, y debatió los argumentos planteados por Morena, Partido del Trabajo y Movimiento Ciudadano, quienes promovieron acciones de inconstitucionalidad.
El análisis surgió del proyecto del ministro Giovanni Figueroa Mejía, quien defendió la incorporación de imágenes en las boletas como un elemento adicional para que el electorado identifique con claridad a las personas que buscan un cargo; se explicó que la asociación del rostro no es equiparable a un mensaje que tenga la intención de persuadir al electorado.
Durante la discusión, la ministra Lenia Batres Guadarrama comentó que agregar fotografía sí se transgrede el principio de equidad de la contienda y se frivoliza la competencia. Sin embargo, la Corte mantuvo vigente el artículo 203, numeral 3, inciso N, que permite la impresión de fotografías en las boletas y que formaba parte de las normas impugnadas por los partidos inconformes.
Diario Evolución recomienda:
En contra del proyecto también estuvieron los ministros Irving Espinosa Betanzo y Sara Ríos González; es decir, en total fueron cinco votos a favor y cuanto en contra. Ante ello, el ministro ponente Figueroa Mejía comentó que si el rosto de los candidatos viola el principio de equidad en la contienda electoral, entonces que los contendientes hagan campaña “usando máscaras”.
También quedó sin efecto el artículo 76, numeral 1, que fijaba plazos para registrar coaliciones, debido a que, según criterios previos de la Corte, solo el Congreso de la Unión puede regular ese esquema a nivel nacional.
G.L.
