jueves, marzo 28, 2024
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Emprenderán operativos contra quienes obstruyan la vía pública en Toluca

*Alberto Dzib*

Foto: Especial.

Las personas que coloquen objetos para vender, anunciarse o apartar estacionamiento en la vía pública del municipio de Toluca serán sancionados conforme al Reglamento de Tránsito del Estado de México, informó el secretario del ayuntamiento Ricardo Moreno Bastida, al señalar que en breve se pondrán en marcha los operativos para el retiro de bienes mostrencos en la demarcación.

Destacó que la obstrucción de la vía pública por colocación de objetos, principalmente de parte del sector comercial, constituye un problema complejo que afecta a todo el municipio, al entorpecer la movilidad tanto de vehículos como de peatones, por lo que el gobierno local está decidido a hacerle frente y terminar con la situación.

Explicó, en este sentido, que entre marzo y abril, de este año, la dirección de gobierno, en conjunto con elementos de seguridad vial, emprenderán los recorridos por vialidades del municipio con el propósito de hacer el retiro correspondiente de los objetos que obstruyan la vía pública, y de ser pertinente aplicar una multa.

“Hay una multa establecida en el Reglamento de Tránsito que es obstrucción de la vía pública y en ese sentido podemos actuar; las faltas del Reglamento de Tránsito no solamente las cometen los automovilistas, que le quede claro a la población, también los peatones tenemos faltas, también los dueños de objetos cometen estas faltas”, mencionó.

Dijo que la acción se llevará a cabo tanto en el centro de la ciudad como en las delegaciones y barrios, pues aseguró que hay sitios en los que el tránsito es aún más pesado que en el primer cuadro, y la obstaculización de la vía pública es aún mayor.

Cabe señalar que el reglamento de tránsito de la entidad establece en el Artículo 62 que los usuarios de la vía pública deben abstenerse de realizar cualquier acto que pueda obstaculizar el tránsito de peatones y vehículos, o poner en peligro a las personas y causar un daño a las propiedades públicas o privadas, y en el Artículo 102 prohíbe apartar lugares de estacionamiento en la vía pública o colocar objetos que la obstaculicen, ante lo cual se procederá con el retiro de los mismos.

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