jueves, marzo 28, 2024
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IEEM discutirá el fin de semana las 14 manifestaciones para candidatos independientes

Yamel Esquivel

A más tardar el fin de semana, el Instituto Electoral del Estado de México podría discutir la procedencia del registro de los 14 aspirantes a una candidatura independiente, todo indica que todos cumplirán con los requisitos de ley, por tanto pasarán a la segunda etapa donde tendrán que recolectar más de 328 mil 740 firmas que los respalden en sus pretensiones de contender por la gubernatura estatal.

De acuerdo al documento expedido por el IEEM para ser aspirante a candidato independiente los interesados deberían de cumplir con los requisitos que se enlistan en el artículo 68 Constitucional como son: Ser ciudadano (a) mexicano por nacimiento, en pleno goce de sus derechos políticos.

Ser mexiquense con residencia efectiva en su territorio no menor a tres años o vecino del mismo, con residencia efectiva en su territorio no menor a cinco años, anteriores al día de la elección.

Se entenderá por residencia efectiva, el hecho de tener domicilio fijo en donde se habite permanentemente.

Tener 30 años cumplidos el día de la elección.

No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro de algún culto, a menos que se separe formal, material y definitivamente de su ministerio cuando menos cinco años antes del día de la elección.

No ser servidor público en ejercicio de autoridad, ni militar en servicio activo o con mando de fuerzas dentro del Estado en los últimos 90 días anteriores al día de la elección ordinaria, o a partir del quinto día de la fecha de la publicación de la convocatoria para la elección extraordinaria; y no contar con una o más nacionalidades distintas a la mexicana.

Además de los contenidos en el artículo 17 del Código Electoral que mencionan: Estar inscrito en el padrón electoral correspondiente, la lista nominal y contar con credencial para votar vigente.

No ser magistrado del Tribunal Superior de Justicia o del Tribunal Electoral o funcionario de éste, salvo que se separe del cargo dos años antes de la fecha de inicio del proceso electoral de que se trate.

No formar parte del Servicio Profesional Electoral, salvo que se separe del cargo dos años antes de la fecha de inicio del proceso electoral de que se trate.

No ser consejero electoral en el Consejo General del Instituto ni Secretario Ejecutivo, salvo que se separe del cargo dos años antes de la fecha de inicio del proceso electoral

No ser consejero electoral en los consejos distritales o municipales del Instituto, ni director del mismo, salvo que se haya separado del cargo dos años antes de la fecha de inicio del proceso electoral de que se trate.

No ser integrante del órgano de dirección de los organismos a los que la Constitución Local otorga autonomía, salvo que se separe del cargo dos años antes de la fecha de inicio del proceso electoral de que se trate.

No ser Secretario o Subsecretario de Estado, ni titular de los organismos públicos desconcentrados o descentralizados de la administración pública estatal, a menos que se separe noventa días antes de la elección.

Conforme a lo establecido en el artículo 118 del Código, los dirigentes, militantes, afiliados o sus equivalentes de los partidos políticos, no podrán solicitar su registro como Candidatos Independientes, a menos que se hayan separado de su cargo partidista con tres años de anticipación al momento de solicitar su registro, ni haber sido postulados candidatos a cualquier cargo de elección popular por partido político o coalición en el proceso electoral inmediato anterior.

Todo parece indicar que los 14 aspirantes Marciano Javier Ramírez Trinidad, Guillermo Eduardo Antonio Ortiz Solalinde, María Teresa Castell de Oro Palacios, Erasto Armando Alemán Mayen, Isidro Pastor Medrano, Francisco Javier Borrajo Solis, Ruth Martínez Martínez, Vicente Sánchez Fabila, Silvia Aurora Romero Jiménez, Andrés Cantinca Sánchez, Gerardo Mojica Neria, Abelardo Gorostieta Uribe, Jonatan Martínez Leal y Humberto Vega Villicaña obtendrán sus registros ya que cumplen con los requisitos de ley.

A partir de la obtención de su registro los aspirantes tendrán 60 días para obtener el apoyo ciudadano de 328 mil 740 personas, pero no podrán utilizar radio o televisión para ello, ya que se calificarían como actos anticipados de campaña y se les cancelaría el registro.

Las firmas deben recabarse por lo menos en 64 municipios y no rebasar el 1.5% del listado nominal de cada municipio, y tendrán que entregarlas el 16 de marzo.

Los aspirantes tendrán un tope de gastos para recolectar las firmas de 20 millones 389 mil 320 pesos, de excederse también se les podría cancelar su registro.

El 2 de abril el Consejo General del IEEM resolverá la procedencia de las candidaturas y darán a conocer los nombres de quienes las obtuvieron.

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