Niños oaxaqueños podrán decidir sobre su identidad de género a partir de los 12 años
*Redacción Diario Evolución*
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Como un mecanismo de facilitación así como de apatía y reconocimiento legal al derecho a la identidad, el Congreso local del estado de Oaxaca aprobó una reforma al Código Civil del lugar, la cual permite que los menores de edad, a partir de tener cumplidos los 12 años, puedan elegir su identidad de género, siempre y cuando sea autorizado por sus tutores legales.
Magaly López Domínguez, diputada por Morena en ese Congreso, fue quien impulsó la iniciativa que reforma al Código Civil oaxaqueño en sus artículos 137, 137 Bis y 137 Quáter, los cuales hacen efectivo este derecho a la persona adolescente. El único requisito es que los tutores del menor deberán acudir a la Oficialía del Registro Civil, para manifestar la decisión de éste, respecto al género con el que quiere ser identificado en su acta de nacimiento.
Es de señalar que aunque la aprobación de esta iniciativa que vela por lo derechos igualitarios en toda la sociedad se aprobó el 22 septiembre del año en curso, apenas se dio a conocer a los medios de comunicación nacionales luego de publicarse en el Periódico Oficial del Estado de Oaxaca. 29 de los 32 diputados que conforman el Congreso dieron su voto a favor.
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La legisladora oaxaqueña morenista explicó que con esta reforma no se crea un derecho, más bien se reconoce el derecho a la identidad que ya existe; la diferencia es que ahora las familias no enfrentarán un juicio para lograr obtener un acta de nacimiento de su hijo o hija trans. A partir de estas modificaciones jurídicas podrán obtener el documento mediante un breve proceso administrativo.
Asimismo, detalló que por tratarse de un constituyente de la sociedad que es menor de edad, el Registro Civil con el apoyo de la Procuraduría Estatal de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de Oaxaca, deberá recabar el consentimiento informado, en el que él o la adolescente exteriorice su deseo y conozca los alcances del trámite.
Agregó cuando por cualquier causa se niegue o sea imposible obtener el consentimiento del padre, la madre o la persona que tenga la custodia legal del menor de edad, él o la adolescente podrá acudir ante la Procuraduría Estatal de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de Oaxaca.