martes, febrero 10, 2026
Nacionales

Parejas en concubinato podrán acceder a servicios y pensiones del ISSSTE sin plazo mínimo 

*Redacción Diario Evolución*

Foto: Especial

Las parejas de las personas que sean derechohabientes del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) que convivan bajo concubinato ya no tendrán que esperar cinco años para acceder a la pensión o a los servicios de salud que otorga el ISSSTE, así fue determinado por la Suprema Corte de la Nación (SCJN) este martes.

Durante la sesión que fue presidida por Lenia Batres ante la ausencia de Hugo Aguilar, quien se encuentra fuera por comisión al acudir a la Ceremonia del 111 aniversario de la Fuerza Aérea Mexicana, el pleno de la SCJN determinó los cinco años de convivencia para acceder a una pensión por concubinato es inconstitucional, aunque no determinó el nuevo periodo de tiempo para definir cuándo es viable acceder a dicha pensión.

También se declaró como inconstitucional que se demostrara tener un hijo en común para reconocer a la pareja en concubinato. Ambas situaciones, señaló el pleno, vulneran el derecho a la igualdad y no discriminación, la seguridad social, la protección a la familia y el libre desarrollo de la personalidad para parejas de hecho.

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Durante la sesión, los ministros determinaron que el Estado mexicano debe reconocer y proteger a  los nuevos modelos de familia que han comenzado a surgir, sobre todo por el creciente número de parejas que optan por no contraer matrimonio ni tener hijos, lo cual forma parte del libre desarrollo de la personalidad.

Asimismo, indicó que con ello se garantiza que las parejas puedan acceder a pensiones y servicios de salud por parte del ISSSTE sin que se tenga que cumplir un plazo mínimo para ello. 

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A.C.

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