Se mantiene prisión preventiva oficiosa, excepto para los delitos fiscales
*Redacción Diario Evolución*

Al analizar el nuevo proyecto del ministro Luis María Aguilar, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó que se aplique prisión preventiva oficiosa por delitos de contrabando y defraudación fiscal simple, pero seis votaron en contra de aplicar la medida “en automático” para 16 delitos graves.
Por lo que, al no alcanzar los votos necesarios, la SCJN desechó el proyecto que proponía que el juez no aplicará en automático la prisión preventiva oficiosa, por lo que dicha medida se mantiene en todo el país, seis de los 11 ministros se pronunciaron en contra de la reforma de María Aguilar.
La única modificación es que ahora ya no se considerará a los delitos de contrabando, defraudación fiscal y las facturas falsas, como un ataque a la seguridad nacional.
Ahora, las personas acusadas por estos delitos podrían recibir la figura de prisión preventiva, pero con carácter de justificada; es decir, cuando lo determine un juez. Cabe mencionar que entre los delitos que requiere prisión preventiva oficiosa esta el feminicidio, homicidio y secuestro.
El presidente Andrés Manuel López Obrador rechazó reiteradamente el proyecto, asegurando que la postura de eliminar la prisión preventiva oficiosa implicaría la pérdida de vidas humanas, tanto de víctimas como de elementos de la policía, el Ejército y los propios jueces.
Actualmente existe una población total de 226 mil 916 personas privadas de la libertad en centros penitenciarios. Sin embargo, 92 mil 595 equivalentes al 40.8 por ciento se encuentran bajo proceso penal en prisión preventiva, sin tener una condena.
G.L.
