Ticketmaster y Ocesa bajo la lupa tras nuevas reglas para venta de boletos de Profeco
*Redacción Diario Evolución*

Derivado de las quejas de cientos de ciudadanos sobre las supuestas malas prácticas de empresas como Ocesa y Ticketmaster en la venta de boletos de eventos masivos como el caso de los conciertos, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) informó acciones para fortalecer la protección a las personas consumidoras.
Una de las quejas más constantes entre los consumidores son la falta de transparencia en el precio y mapa del evento antes de las ventas de estos –en muchos de los casos estas empresas han decidido no revelarlos con anticipación lo que ha provocado una ola de quejas y demandas en su contra- derivado de ello, las disposiciones de la Profeco son las siguientes:
Transparencia previa a la venta; al menos 24 horas antes de la primera venta, las empresas deberán informar de manera clara y accesible: lugar, fecha, horario y artistas que participarán en el evento.
Diario Evolución recomienda:
También resalta que, el mapa o plano del inmueble, con las secciones disponibles y el número de asientos debería ser publicado en dicho lapso de tiempo; así como los montos totales a pagar por sección, el cual no podrá incrementarse durante el proceso de compra. No se permitirán cargos sorpresa ni servicios preseleccionados.
En el caso de cancelaciones de evento, se deberá informar de forma expresa, los procedimientos para la devolución del dinero, y sobre todo, las vías y plazos mediante los cuales el consumidor podrá solicitar el reembolso; para el tema de cambios en el evento
Mientras que, en el tema de cambios en el evento, indicó que cualquier modificación relevante en las condiciones originalmente ofrecidas —como cambios de logística, escenario, distribución del recinto o características del espectáculo— deberá ser notificada con al menos 24 horas de anticipación.
Asimismo, en los servicios complementarios queda prohibida la preselección obligatoria de servicios complementarios, como paquetes VIP u otros cargos adicionales, como condición para adquirir boletos. Estos servicios deberán: informarse previamente, ofrecerse de manera opcional, sin que puedan ser impuestos al consumidor.
G.L.
