sábado, enero 24, 2026
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Hasta 33 años de prisión a quien ataque con ácido en mujeres en EdoMéx: Zaira Cedillo

*Redacción Diario Evolución*

Foto: Especial

El ataque con ácido a las mujeres por razones de género podría alcanzar hasta los 33 años y cuatro meses de prisión en el Estado de México, puesto que se propuso tipificar este tipo de agresiones como un delito autónomo, en el que también se buscan penas de hasta 20 años de prisión si el ataque causa desfiguración permanente en el rostro, cabeza, cuello, mamas o genitales, o pérdidas de funciones de algún órgano o sentido.

Con esta iniciativa, presentada por la diputada Zaira Cedillo, se pretende reformar el Código Penal estatal, a fin de homologarse con el Código Penal Federal, que se modificó el 2022 tras el caso de la saxofonista María Elena Ríos Ortiz, víctima de un ataque con ácido en 2019, motivo por el cual se le conoce a esta ley también como “Ley Malena” y a nivel nacional se castiga hasta con 15 años de prisión.

Cedillo especificó que si bien la agresión está tipificada a nivel federal, al ser delitos del fuero común, corresponde a los congresos locales establecer los tipos penales específicos y las medidas de atención, por lo que el Estado de México tiene la obligación de no quedarse atrás y sumarse a las 13 entidades que ya aprobaron esta iniciativa, además de que en la entidad, en julio de 2024, la Fundación Carmen Sánchez documentó dos casos en Chimalhuacán e Ixtapaluca.

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Por ello se propone que en la entidad se considere como ataque con sustancias corrosivas o químicas cuando la persona arroje, vierta, aplique, administre o ponga en contacto con el cuerpo de otra, por cualquier medio, ácidos, álcalis (compuesto químico), solventes, inflamables u otros agentes que provoquen corrosión, necrosis o quemaduras químicas o térmicas, y estas seam castigadas con hasta 20 años de prisión. Cuando la agresión se cometa en contra de una mujer por razones de género, la pena podrá aumentarse hasta 33 años y cuatro meses de prisión.

Aunado a ello, que se incorpore la definición de violencia ácida o química dentro de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para reconocerla como toda acción u omisión que, por razones de género, utilice ácidos o sustancias corrosivas para causar daño, dolor o sufrimiento.

También propuso que la persecución sea de oficio, las autoridades dicten de inmediato medidas de protección, se ordene atención médica y psicosocial urgente, con traslado a unidades especializadas cuando sea necesario, y el Ministerio Público aplique protocolos con perspectiva de género y preserve los indicios químicos para la investigación. Asimismo, que las órdenes de protección garanticen la reintegración educativa y laboral de las víctimas, de forma gratuita, inmediata y efectiva.

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A.C.

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