Buscan nueve años de prisión para servidores por maltrato animal en EdoMéx
*Redacción Diario Evolución*

En medio de la polémica que enfrenta la exalcaldesa de Tecámac, Mariela Gutiérrez Escalante, quien reconoció que durante su gobierno se sacrificaron a más de 10 mil perros, se anunció una iniciativa en el Congreso del Estado de México con el objetivo de elevar hasta seis años las penas de cárcel para quienes comentan el delito de maltrato animal, y nueve años de prisión para servidores públicos.
Las dos propuesta de Morena y PAN buscan reformar el Código Penal estatal para otorgar de tres a seis años de prisión y de 50 a 150 días multa, a quien realice actos eróticos sexuales a un animal o le introduzca por vía vaginal o rectal el miembro viril, cualquier parte del cuerpo, objeto o instrumento.
Además, la pena vigente de tres a seis años de prisión y de 200 a 400 días de multa para quien cause la muerte no inmediata de animales que no constituyan plaga, mediante el uso de métodos que prolonguen su agonía, se aplicará cuando dicha muerte ocurra por envenenamiento, asfixia, estrangulamiento, golpes, ahogamiento por sumersión en agua u otro líquido, o hipotermia.
También por congelamiento, corriente eléctrica, ácidos corrosivos, estricnina, warfarina, cianuro, arsénico, paralizantes musculares u otras sustancias o procedimientos que causen dolor innecesario, o cuando se causen traumatismos con tubos, palos, varas con puntas de acero, látigos, instrumentos punzocortantes u objetos que produzcan traumatismos.
Adicionalmente, se impondrán penas de tres a seis años de prisión y de 200 a 400 días de multa a quienes contraten, acuerden, presten, arrienden o faciliten inmuebles o espacios como sede para la realización de charreadas, jaripeos, rodeos o la lidia de toros, novillos o becerros, cuando en dichos eventos se ocasionen lesiones, heridas, cortes, traumatismos, laceraciones o contusiones que deriven en la agonía o la muerte de los animales.
Con la propuesta, quedan exceptuadas las peleas de gallos; el adiestramiento de animales; las actividades con fines cinegéticos, de pesca o de rescate, siempre y cuando se realicen en términos de las disposiciones jurídicas aplicables. Cabe citar que la norma actual determina que tales sanciones se incrementen hasta en una mitad cuando el maltrato animal sea cometido por personas servidoras públicas que tengan por encargo el manejo de animales, por lo que podrían alcanzar hasta nueve años de confinamiento.
