Ley de Aguas aprueba hasta 8 años de cárcel por desvíos ilegales en lo general; sigue en discusión
*Redacción Diario Evolución*

En la Cámara de Diputados se aprobó en lo general la nueva Ley General de Aguas, que abroga la vigente desde 1992, y las reformas a la Ley de Aguas Nacionales en las que se castigarán hasta con ocho años de prisión y multas de más de tres millones a quienes realicen desvíos, traslados sin permiso u obtengan concesiones de manera ilegal.
La iniciativa se aprobó con 328 votos, 131 en contra y cinco abstenciones en lo general para pasar su discusión a lo particular, donde se sigue analizando en medio de enfrentamientos entre la oposición y el oficialismo, puesto que los primeros recriminan se busca centralizar la administración de este recurso, se quita las concesiones a los productores agrícolas y se impide la transmisión de derechos.
De acuerdo con la iniciativa se reforman los artículos 22, 48 y 49 de la Constitución Mexicana respecto a que el otorgamiento de una concesión o asignación será mediante la Comisión del Agua y en caso de que se haga mal uso, se reforma el artículo 123 Bis con hasta ocho años de prisión y multas millonarias de la siguiente manera:
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En caso de que la cantidad sea menor a 50 mil litros, se impondrá prisión de tres meses y multa de 100 a 200 Unidades de Medida y Actualización (UMA); cuando la cantidad sea mayor o equivalente a 50 mil litros, se impondrá prisión de seis meses y multa de 150 a 250 UMA. Tres meses a cinco años de prisión y multa de 200 a 2 mil UMA a quien, sin autorización de las autoridades competentes, altere, desvíe u obstruya los cauces, vasos, corrientes o flujos de aguas nacionales y genere afectación directa a las condiciones hidráulicas o ponga en peligro la vida de las personas o la seguridad de sus bienes o de los ecosistemas vitales.
También se impondrán de uno a ocho años de prisión y multa de 400 a 4 mil UMAS a la persona servidora pública que otorgue concesiones, asignaciones, prórrogas, permisos o registre títulos de concesión, asignación, permisos o prórrogas para la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales a cambio de un beneficio no comprendido en su remuneración para sí, para su cónyuge, parientes consanguíneos hasta el cuarto grado.
A.c.
