viernes, junio 5, 2026
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No aparecen dos predios donados al Ayuntamiento de Zinacantepec

*Redacción Diario Evolución*

Foto: Especial.

Una donación de dos predios durante el año 2025 por parte de un fraccionamiento al Ayuntamiento de Zinacantepec, ha puesto en el ojo del huracán a funcionarios municipales quienes de acuerdo a la ley tienen la obligación de consolidar el acuerdo de los terrenos donados en un plazo no mayor a 180 días: Sin embargo de acuerdo con la sindicatura a cargo de María Félix González Zepeda los bienes no aparecen ni han sido dados de alta en el patrimonio municipal.

Esto salió a la luz durante el cabildo de Zinacantepec, donde la regidora Celena Gehidi Marcial denunció inconsistencias en un oficio de la Secretaría del Ayuntamiento que les llegó sobre los dos predios donados por un fraccionamiento, tras acusar que se duplica la misma información para los dos números de registro notarial distintos de dichos predios.

Por lo que, solicitó al secretario del Ayuntamiento que aclare dicha información para que se dé a conocer con exactitud dónde están dichos predios donados, tras sostener que por ser donaciones se tiene un plazo de ciento ochenta días hábiles a partir de su adquisición y presentar un informe trimestral al cabildo para su conocimiento y opinión.

La regidora en su exposición señaló que, por medio de oficios que la síndico municipal le hizo llegar a los regidores, se detectó un error grave en el documento oficial al duplicar los mismos datos de superficie, colindancias y clave catastral para dos números de registro notarial que son totalmente diferentes. A dicha petición se sumó otro de los miembros del cabildo quien respaldó la queja, advirtiendo incluso que estar omitiendo dicha información de los predios pone en riesgo la hacienda pública y el patrimonio del municipio.

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El edil también manifestó su preocupación por el vencimiento de los plazos legales que tiene la administración, en especial para inscribir los bienes donados, lo cual resaltó, constituye una falta administrativa y sobre todo, culpó al área de la Secretaría del Ayuntamiento por no realizar el registro en tiempo y forma. Por ello, instó a la sindicatura a ejercer sus facultades legales para evitar que los integrantes del cabildo resulten afectados.

“Uno entiende que cuando nosotros autorizamos un techo financiero, un presupuesto de obra anual, si bien es cierto la ley nos faculta para hacerlo, también es cierto que hay responsables más directos. Tenemos un tiempo que nos marca la ley. Una vez que yo tengo una donación, tengo un tiempo para inscribir. Si el secretario no hizo, el mismo presidente no hace el trámite como es, cuando se venga una auditoría, pues pueden venir irregularidades”, indicó el regidor Ernesto Palma.

Incluso subrayó que el envío constante de estos oficios parece un intento de repartir la culpa por omisiones y retrasos que son responsabilidad exclusiva de las áreas ejecutoras, y exigió que en lo sucesivo se adjunten pruebas que demuestren que ya se notificó formalmente al OSFEM y a las contralorías correspondientes sobre estas anomalías, tras resaltar que no quiere que las regidurías se vean afectadas por estos hechos que no fueron registrados debidamente.

De acuerdo con el Código Administrativo del Estado de México, en el Artículo 57 y 58, las áreas donadas deberán tener un ancho no menor a 20 metros, superficie no menor a 500 metros cuadrados,  frente a la vía pública, y dentro del territorio municipal.

De acuerdo con la Ley Orgánica Municipal en su Artículo 91 el secretario del Ayuntamiento tiene que elaborar con la intervención del síndico el inventario general de bienes muebles e inmuebles, así como la integración del sistema de información inmobiliaria. En caso de que el ayuntamiento adquiera por cualquier concepto bienes muebles o inmuebles durante su ejercicio deben realizar la actualización del inventario general en un plazo de 120 días hábiles a partir de la adquisición.

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