Obligatorio registrar las líneas telefónicas en México; serán suspendidas y sin redes sociales
*Redacción Diario Evolución*

A partir del 9 de enero de 2026, todas las líneas celulares activas en México —incluyendo tarjetas SIM físicas y eSIM virtuales— deberán estar debidamente registradas con datos oficiales de su titular ante las operadoras.
Esto luego de que la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) aprobara los “Lineamientos para la identificación de líneas telefónicas móviles” con el objetivo de asociar cada número a una persona física o moral y reducir el anonimato, el cual facilita delitos como fraude y extorsión.
Si los números no se vinculan dentro de los plazos establecidos por las compañías, estos quedarán suspendidos o limitados —solo podrán hacer llamadas de emergencia y funciones mínimas— dejando de operar en servicios habituales como llamadas, mensajes, datos, WhatsApp y otras aplicaciones vinculadas al número.
Las operadoras de telefonía móvil (como Telcel, AT&T, Movistar, Bait y Altán Redes) habilitarán plataformas digitales y módulos presenciales para que puedas registrar tu número.
- Recibirás notificaciones vía SMS con instrucciones y fechas límite del proceso.
- Debes acudir al centro de atención al cliente de tu operador o acceder a la plataforma digital que habilite tu compañía para iniciar el registro.
- Proporciona tus datos personales oficiales requeridos para completar la vinculación de tu número con tu identidad.
- Una vez ingresados tus datos, el operador verificará tu información y confirmará el registro de tu número en el padrón móvil nacional.
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Las compañías telefónicas aclaran que la suspensión no elimina el número, pero sí provoca una interrupción importante hasta que el usuario complete el trámite. Por eso, tanto personas como empresas deben asegurar el registro para evitar afectaciones en su comunicación diaria y en operaciones esenciales.
- Requisitos y documentos necesarios:
- CURP, si eres ciudadano mexicano.
- Identificación oficial vigente con fotografía: credencial de elector (INE) o pasaporte.
- Si el número está a nombre de una empresa o persona moral, deberás presentar su RFC (Registro Federal de Contribuyentes) u otros documentos.
- Las operadoras tendrán un período de 120 días naturales para asociar cada número con la identidad de su usuario tras el inicio del registro obligatorio.
- Si no eres ciudadano mexicano, deberás registrar tu número con pasaporte vigente en lugar de CURP.
G.L.
