lunes, febrero 16, 2026
Municipios

Propone Anuar Azar aportaciones de burócratas para continuar con servicio de ISSEMYM

*Redacción Diario Evolución*

Foto: Especial

Con el fin de proporcionar seguridad social a las personas  trabajadoras que en algún momento sean dadas de baja en las instituciones públicas por diferentes circunstancias, los legisladores panistas Anuar Azar y Pablo Fernández de Cevallos propusieron una serie de reformas a la Ley del ISSEMyM, para que trabajadores puedan continuar cotizando sus semanas y garantizar su manutención a la edad que puedan jubilarse aun cuando hayan sido cesados de sus funciones.

Señalaron que si bien en el Estado de México se cuenta con el Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios (ISSEMYM) desde 1969 para garantizar la seguridad de social de los trabajadores de las dependencias, como el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), aún no se han aplicado las reformas para que las personas trabajadoras que sean dadas de baja de sus empleos puedan seguir gozando de los beneficios que tenían.

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 Esto conlleva a que se enfrentan a un problema al dejar de cotizar en su sistema de seguridad social al ser dados de baja por sus patrones, pues no sólo ellos pierden sus derechos, sino también sus dependientes económicos. De acuerdo con datos 838 mil 457 son derechohabientes, de los cuales 380 mil 795 son servidores públicos activos, 380 mil 824 dependientes económicos y 76 mil 838 son personas pensionadas.

Mencionaron que con esta reforma  a la Ley ISSEMyM, las personas trabajadoras que sean cesadas podrán continuar recibiendo atención médica, seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, así como a incrementar las semanas cotizadas ante el Instituto, a las aportaciones de la Afore o mejorar el salario de cotización.

Asimismo, se propone, al igual que en el caso del IMSS y el ISSSTE, que la persona trabajadora que sea dada de baja de la continuación voluntaria por la falta del pago correspondiente pueda ingresar nuevamente cumpliendo con los requisitos establecidos en la propia Ley.

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A.C.

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