San Luis Potosí castigará con 15 años de prisión el matrimonio infantil y cohabitación forzada
*Redacción Diario Evolución*

El Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó reformas al Código Penal para tipificar como delito la cohabitación forzada de personas menores de 18 años, y el matrimonio infantil estableciendo sanciones severas para quienes promuevan o participen en estas prácticas.
Para el delito de cohabitación forzada será sancionado con penas de ocho a quince años de prisión, así como multas de mil a dos mil quinientas UMAS. Las penas se incrementarán hasta en una mitad si la víctima pertenece a comunidades indígenas o afromexicanas; mientras que el matrimonio infantil también será castigado con las mismas penas.
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Los congresistas, argumentó que prácticas como el matrimonio infantil y las uniones tempranas son violatorias de los derechos fundamentales de niñas y adolescentes, y afectan gravemente su desarrollo personal, educativo y social; y está práctica son más frecuentes en zonas rurales.
Con esta reforma, se adiciona el capítulo I Bis y los artículos 184 Bis y 200 Bis al Título Cuarto del Código Penal, donde se establece que será castigado quien obligue, induzca o gestione la unión informal de menores de edad con otras personas, incluso si media el consentimiento de la víctima.
G.L.
