SCJN avala tope de renta en CDMX de acuerdo con inflación del año anterior
*Redacción Diario Evolución*

Los inquilinos que rentan una casa-habitación en la Ciudad de México podrán estar tranquilos respecto a los límites del aumento en los contratos de arrendamiento, ya que estos no deberán exceder la inflación registrada el año anterior, luego que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó que este sea el criterio para el límite al incremento anual de las rentas en la capital mexicana.
Esta decisión en el Pleno de la Corte se resolvió por unanimidad al negar el amparo que promovió la empresa Urbanhub México, la cual había impugnado la reforma al artículo 2248-D del Código Civil local, señalando que se vulneraban derechos como la libertad contractual, la privacidad y la igualdad.
La compañía manifestó en su amparo que el tope de la reforma imponía un parámetro general en el que no hay distinción entre distintos tipos de vivienda, zonas geográficas, montos de renta o características específicasde los inmuebles. No obstante, la SCJN consideró que la reforma sí es constitucional y que responde a un objetivo de justicia social.
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Por lo que la renta ya no podrá subir más allá del porcentaje del año anterior, es decir, si la inflación en 2025 fue de 3.69 por ciento, las rentas solo podrán aumentar su precio dependiendo de ese porcentaje, quedando sin efecto los ajustes discrecionales que elevaban los precios por encima del crecimiento general de los precios al consumidor.
Con ello se evitarán también los desplazamientos forzados por el aumento del costo de vida en zonas urbanas de la Ciudad de México, entre los que implicaba el aumento desmedido de las rentas debido a la gentrificación.
A.C.
