lunes, junio 8, 2026
Portada

Tarjeta roja: Clausuras de 90 días y multas por transmitir el Mundial sin licencia para comercios 

*Redacción Diario Evolución*

Foto: Realizada por Diario Evolución.

El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) y el Indautor han lanzado una advertencia a todos los restaurantes, bares, hoteles y comercios del país: proyectar los partidos de la Copa del Mundo de la FIFA 2026 utilizando cuentas domésticas o residenciales de televisión y streaming es ilegal. Por ello, se realizarán operativos de inspección y aplicarán sanciones económicas para establecimientos que violen los derechos de transmisión y propiedad intelectual de la FIFA.

Sin embargo, el IMPI aclaró que las multas para establecimientos que retransmitan sin autorización partidos del Mundial con fines de lucro no alcanzan los 29 millones de pesos, como se ha difundido en algunos medios y redes sociales, aunque si resalta que las sanciones sí pueden superar el medio millón de pesos. Dicha multa corresponde a infracciones en materia de comercio previstas en el artículo 388 de la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA), por lo que no aplica a los casos de retransmisión de señales deportivas.

Para operar dentro del marco legal, el Instituto informa que los comercios están obligados a contratar paquetes con señales comerciales autorizadas y tienen estrictamente prohibido cobrar cover, entradas o vender boletos especiales para ver los partidos. La FIFA estipula que ningún negocio puede lucrar de forma directa con la retransmisión de los encuentros, por lo que el uso de plataformas personales como ViX o sistemas satelitales residenciales en espacios públicos se considerará una infracción grave.

Diario Evolución recomienda: 

La alerta se extiende también al uso indebido de la marca, ya que la FIFA protege penalmente más de 300 elementos registrados para evitar el ambush marketing o mercadotecnia de emboscada. Los negocios no pueden utilizar en sus menús, redes sociales o publicidad frases restringidas como “Mundial 2026” o “FIFA World Cup”, ni exhibir logotipos oficiales, el diseño del trofeo o la mascota oficial. Para evitar sanciones, se exhorta a los comerciantes a recurrir exclusivamente a decoraciones genéricas como banderas de los países participantes, silbatos y términos universales como “la fiesta del futbol”.

Por ello, quienes deseen transmitir legalmente los partidos deben contar con una licencia comercial específica que autorice ese tipo de exhibición pública. Deden acercarse al instituto para recibir asesoría sobre derechos relacionados con las transmisiones y sobre el uso de activos protegidos vinculados con la FIFA. Además, deben considerar que la marca FIFA y el Trofeo de la Copa Mundial cuentan con protección jurídica reforzada en México

En caso de detectarse una transmisión clandestina o el uso ilegal de los activos del torneo, las autoridades procederán con la clausura temporal del establecimiento por un periodo de hasta 90 días. Además, el IMPI cuenta con la facultad legal para realizar el aseguramiento y decomiso inmediato de pantallas, proyectores, decodificadores y equipos de audio utilizados en la infracción, dejando abierta la vía para que las televisoras exclusivas y la propia FIFA inicien demandas civiles millonarias por daños y perjuicios.

Visítanos en Facebook X.

G.L.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *