viernes, junio 12, 2026
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Buscan multas con más de 9 mil pesos a quien no use casco y chaleco con placas de motocicleta

*Redacción Diario Evolución*

Foto: Especial

Ante el incremento de accidentes donde se ven involucradas las motocicletas, además de que en 2024 se registraron 549 fallecimientos y cinco mil 821 lesiones por siniestros, se propuso que sea obligatorio el uso de casco con el número de placa en caracteres indelebles y de alto contraste en la parte posterior, además de que sea forzoso el uso de chaleco o chaqueta resistente, con al menos 20 por ciento de material reflejante y el número de placa visible al frente y en la espalda.

Esta iniciativa, propuesta por la legisladora Yesica Yanet Rojas Hernández, pretende reformar la  Ley de Movilidad y el Código Administrativo del Estado de México, donde además se contemplan que se sancione hasta con nueve mil 50 pesos y remisión de la unidad al corralón por incumplir esta medida.

Asimismo, se indica que solo se permita que vaya un acompañante en la motocicleta, siempre y cuando ésta cuente con asiento, estribos y asideras diseñados para tal fin, sin embargo, queda estrictamente prohibido que el acompañante sea menor de 12 años o que sean personas colocadas entre el conductor y el manubrio.

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En caso de que se incumplan con estas medidas, como el conducir motocicletas sin placa visible en casco y chaleco, se impondrán de 20 a 40 Unidades de Medida y Actualización (UMA); es decir, de 2 mil 262 a 4 mil 525 pesos, y la unidad será remitida al corralón hasta que se acredite el cumplimiento; si se transporta a más de un acompañante o se carece de equipo adecuado, la multa será del rango de 15 a 30 UMA, lo que equivale a un parámetro que va de los mil 697 a los 3 mil 394 pesos. En caso de reincidir en un periodo de un año, se sancionará con el doble de la multa y la suspensión de la licencia por 30 días.

La regulación también se aplicaría para micromovilidad eléctrica, en la cual entran biciclos, monopatines y dispositivos de movilidad personal con asistencia eléctrica, en la que se contempla que no puedan podrán circular por vías primarias, de acceso controlado o con límite mayor a 50 kilómetros por hora, además de que deberán usar ciclovías o, en su ausencia, el carril derecho con velocidad máxima de 25 kilómetros por hora y si se incumple la medida, se ameritará una sanción de 10 UMA (mil 131 pesos) y el retiro del vehículo.

Rojas Hernández subrayó que no pretende estigmatizar ni criminalizar a quienes eligen la motocicleta como medio de transporte o de trabajo, sino que se busca otorgarles mayor visibilidad, certeza jurídica y protección, y expuso que en Colombia y Brasil, tras exigir placas visibles en casco y chaleco, redujeron los robos en motocicleta en 18 por ciento, mientras que en Bogotá, la combinación de chalecos reflejantes y la limitación a un solo acompañante dotado de asiento y estribos disminuyó la letalidad en 22 por ciento, por lo que este tipo de acciones estas acciones conjugan prevención del delito y seguridad vial.

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A.C.

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