jueves, marzo 28, 2024
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Con buró de crédito podría sancionar el SAT si no haces tu declaración

*Redacción Diario Evolución*

Foto: Ilustrativa/Vía Twitter.

A razón de que quedan pocos días para declarar ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), se informa cuáles son las sanciones a las que podrías ser acreedor si no lo haces en la fecha correspondiente, que va del 1 de marzo al 30 de abril del 2022 y como se realiza anualmente.

De acuerdo con el SAT, si obtuviste ingresos mayores a 400 mil pesos en el año, si trabajaste para dos o más patrones en el mismo año, aún cuando no hayas rebasado los 400 mil pesos; si solicitaste por escrito a tu patrón que no presente tu Declaración Anual y; finalmente, si obtuviste otros ingresos acumulables (honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, entre otros) además de salarios, debes presentar tu declaración.

Ya que de no hacerlo, las sanciones que emite el SAT a las que estarás expuesto son: multas económicas por parte del organismo fiscal, los cuales van de los 12 mil 640 pesos hasta los 25 mil 300 pesos; además, el SAT también podría cobrarte recargos dependiendo del tiempo que hayas dejado pasar. Los recargos se calcularán aplicando la tasa resultante de la tasa aplicable para cada uno de los meses que hayan transcurrido después del mes en que se debió pagar; la cancelación de tu certificado de sello digital (CSD) de manera temporal y derivado de ello, no podrás emitir facturas hasta reactivarlo nuevamente.

Finalmente, el SAT reportará tu deuda ante el Buró de Crédito, lo cual imposibilitará o impedirá que los bancos o cualquier otra institución financiera te otorgue un crédito, ya sea desde una tarjeta de crédito, crédito hipotecario.

Por ello, es importante presentar la declaración en tiempo y forma a partir del 1 de marzo, hasta el 30 de abril.

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