martes, abril 16, 2024
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CREARÁN INSTITUTO ESTATAL PARA EL APOYO DE VÍCTIMAS

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ARMANDO SOTO CREAN INSTITUTO

Instituto Estatal para el Apoyo de Víctimas, así se nombrará a la instancia que establezca mecanismos que mejoren el tratamiento y apoyo a víctimas en el estado de México, con base en la Ley General de Víctimas de la entidad, a propuesta del Diputado Armando Soto Espino (PRD). Al mismo tiempo, se coordinará la legislación general, respetando lo que se establece en la misma, y otorgará una mayor cobertura en los derechos de la población mexiquense.

De tal modo, se crea la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado de México, como lo mandata la Ley General, se designan las autoridades que lo conforman y se le otorgan facultades ejecutivas al Director General del Instituto Estatal para el Apoyo de Víctimas, pues es a través de esta nueva figura que se le otorga mayor efectividad a la actividad de apoyo a las víctimas.

Con esto, el diputado Armando Soto Espino contribuye a la reestructuración de las instituciones de procuración a las víctimas, ya que actualmente se cuenta con la defensoría de víctimas y el Instituto Estatal de Protección a Víctimas, siendo que hay una dualidad de funciones, por tal motivo, se propone la derogación de los artículos 50, 51 y 52 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, para que las funciones del actual Instituto, sean retomadas por el de nueva creación, pero ahora dependiente de la Secretaría General de Gobierno, como es hasta ahora la Defensoría Especializada de Víctimas.

Ahora, desde el momento en que exista la simple presunción de ser víctima de un delito o de hecho victimizante, el Estado tendrá la obligación de procurar justicia, otorgar un apoyo y un tratamiento especial por la calidad de víctima que tiene una persona que ha sido vulnerada en sus derechos humanos.

Con la aprobación de la iniciativa del diputado Armando Soto, la reparación de daño material será a través de una restitución para los derechos humanos, la indemnización, la cual permite compensar con un bien útil, como lo es el dinero; respecto al daño inmaterial, es el que se refiere a los efectos psicológicos y emocionales sufridos debe ser atendido a través de la utilización de los principios de equidad, pues cuanto mayor sea el daño, mayor podrá ser la indemnización por este concepto y el Estado podría contribuir a través de las instituciones de salud para la mejor recuperación anímica causada por el daño causado.

El catálogo de derechos de las víctimas se ampliará, y generará una mayor protección, obligando a los agentes del Ministerio Público al respeto de los mismos, sin necesidad de que el asesor jurídico o la víctima, tengan que invocarlos al momento de estar ante su presencia.

Incluso, se retoma la propuesta de la obligación de la Ley General, con ello otorga la facultad al DIF para la entrega de paquetes escolares y uniformes adicionando becas que no contempla la referida Ley, mismas que deben ser suficientes para garantizar las condiciones dignas y su permanencia en el sistema educativo del Estado.

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