Invalida SCJN prisión vitalicia en el EdoMéx por homicidio; impactará en 42 casos
*Redacción Diario Evolución*

La prisión vitalicia en el Estado de México fue declarada inconstitucional por Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). El Pleno del tribunal invalidó la disposición del Código Penal estatal que imponía esta pena en casos de homicidio agravado, al considerar que vulnera el derecho a la reinserción social consagrado en la Constitución.
Con el falló se deja sin efecto la fracción V del artículo 242, que permitía aplicar esta sanción en casos de homicidio cometidos con extrema crueldad, ensañamiento u odio, cuando fueran motivados por discriminación, rechazo o aversión hacia la víctima por razones de clase social, religión, raza, discapacidad, identidad de género u orientación sexual.
Esta decisión tendrá un gran impacto en al menos 42 sentencias ya dictadas por el Poder Judicial del Estado de México (PJEdoMéx); cabe resaltar que en la entidad mexiquense, también se han dictado prisión vitalicia por delitos como homicidio agravado, feminicidios, asaltantes que provocaron la muerte de pasajeros y de un chofer.
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Sin embargo, los ministros argumentaron que la cadena perpetua impide toda posibilidad de reintegración del sentenciado a la sociedad, lo que significa que las penas de prisión vitalicia ya impuestas deberán ser revisadas y ajustadas conforme a las sanciones correspondientes dentro del marco legal vigente.
Esta medida había sido aprobada durante el gobierno del expriista Eruviel Ávila (2011-2017) como parte de una reforma al Código Penal estatal para endurecer las penas para delitos graves. Fue impulsada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI). La norma establecía la prisión vitalicia como sanción para delitos graves como homicidio calificado, secuestro y feminicidio.
G.L.