jueves, abril 25, 2024
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PERFIL SOCIAL EN EL PRESUPUESTO 2015 DE TOLUCA: ALCALDESA

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MARTHA HILDA PRESUPUESTO

Toluca, Estado de México, Municipio Educador.-Al término de la trigésimo segunda sesión extraordinaria de Cabildo, la presidenta municipal de Toluca, Martha Hilda González Calderón señaló que el proyecto de presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2015, que corresponde al término de la propia administración, pretende ser eminentemente social con el fin de elevar el nivel de vida de los toluqueños.

Con ese propósito, el cuerpo edilicio aprobó por unanimidad de votos la solicitud de la Tesorería Municipal respecto a la autorización de dicho proyecto, derivado de lo establecido en la Ley Orgánica Municipal del Estado de México y del Código Reglamentario Municipal, por lo que ya fue turnado a las comisiones unidas de Egresos e Ingresos.

La alcaldesa explicó que los ingresos municipales se verán respaldados con alrededor de 650 millones de pesos por parte del Presupuesto de Egresos de la Federación, cantidad mayor a la aprobada para el actual ejercicio fiscal, la que será destinada, entre otras obras, a modernizar una de las áreas más antiguas de la ciudad, las calles de Lerdo y Pedro Ascencio, así como el Teatro Morelos, compromiso de la presente administración.

En el tema del agua, agregó, “queremos dejar un organismo público sano”, así como hacer hincapié en la prevención de la delincuencia. Asimismo, dijo que los recursos para el año entrante se utilizarán para iniciar la segunda etapa de la Escuela del Deporte de San Cristóbal Huichochitlán y del Mercado Aviación Autopan.

En otro orden de ideas, síndicos y regidores turnaron a la Comisión de Ingresos la solicitud de la Tesorería Municipal relativa al otorgamiento de una bonificación de hasta el 34% en el pago del impuesto predial para el ejercicio fiscal 2015 a favor de los propietarios de inmuebles, ya sean pensionados, jubilados, huérfanos menores de 18 años, personas con discapacidad, adultos mayores, viudos o viudas sin ingresos fijos, y aquellas personas cuya percepción diaria no rebase los tres salarios mínimos generales del área geográfica que corresponda, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Ingresos para los Municipios del Estado de México.

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