SCJN faculta a la UIF para bloquear cuentas bancarias sin orden judicial
*Redacción Diario Evolución*

Con 6 votos a favor y 3 votos en contra la Suprema Corte de Justicia de la Nación decidió que la Unidad de Inteligencia Financiera tiene la facultad de bloquear cuentas bancarias sin orden judicial, esto como una medida cautelar para combatir el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo.
Esta atribución, que ha sido objeto de diversos debates jurídicos en años recientes, permite a la autoridad administrativa inmovilizar fondos de manera preventiva antes de que los activos sean movidos o desaparezcan del sistema financiero.
Sin embargo, la SCJN calificó la medida como un acto de fortaleza para combatir los ilícitos, justificó que cuando se basa en indicios de operaciones ilícitas y se respeta el derecho de audiencia y defensa, es procedente.
El Pleno agregó, que el bloqueo es una medida cautelar de molestia no una sanción definitiva, y que garantiza el derecho de audiencia, defensa y contempla vías de impugnación, tanto administrativas como judiciales.
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Agregó que la UIF no necesita una solicitud formal y detallada para congelar cuentas, puede actuar con base a información nacional e internacional, conforme a estándares de los grupos de Acción Financiera Internacional.
El proceso no es arbitrario, generalmente responde a dos vías principales, peticiones internacionales, cuando existe una solicitud expresa de gobiernos extranjeros o de organismos internacionales (como la lista de la OFAC en EE. UU.), la UIF procede al bloqueo de manera automática bajo compromisos de tratados internacionales.
En el caso de las investigaciones nacionales, si la Unidad de Inteligencia Financiera detecta patrones de comportamiento inusuales, transacciones millonarias sin justificación o vínculos con empresas “fachada”, puede proceder.
Con esta medida, la UIF busca reducir el flujo de efectivo de las organizaciones criminales y mejorar la calificación de México ante el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). Sin embargo, el reto sigue siendo la precisión, asegurar que las cuentas congeladas correspondan efectivamente a actividades delictivas y no a errores administrativos que afecten a ciudadanos o empresas legítimas.
