Scooters y bicicletas eléctricas deberán portar placas en CDMX desde el 1 de julio
*Redacción Diario Evolución*

La circulación de scooters, patines y bicicletas eléctricas de mayor potencia dejará de operar en una zona gris en la Ciudad de México. De acuerdo con las autoridades de Movilidad, a partir del 1 de julio del año en curso, estas unidades serán clasificadas como Vehículos Motorizados Eléctricos Personales y por ello, deberán contar con registro, placa y Distintivo de Movilidad Eléctrica para circular legalmente por las vías de la capital.
Ten en cuenta que la nueva regulación no aplica para todos los patines o bicicletas eléctricas. Solo es aplicable para aquellos que cuenten con acelerador independiente, que tengan dos o más ruedas, superen los 25 kilómetros por hora, y posean una potencia nominal de entre 250 watts y un kilowatt. En cambio, las bicicletas de pedaleo asistido y los patines de impulso manual, conocidos como “patines del diablo”, quedan fuera.
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Los vehículos serán clasificados en dos tipos: Tipo A, con peso menor a 35 kilogramos, y Tipo B, con masa de entre 35 y 350 kilogramos. En cambio, los patines de impulso manual o “patines del diablo” quedan fuera de esta obligación al no cumplir con las características de motorización previstas en la norma.
Las sanciones serán calculadas en Unidades de Medida y Actualización. Circular por vías no permitidas o transportar carga indebida podrá castigarse con multas de 10 a 20 UMA, mientras que no portar casco o banderín de seguridad implicará sanciones de 5 a 10 UMA. Además de las multas económicas, las personas infractoras podrán recibir penalizaciones en puntos de su licencia de conducir.
G.L.
