lunes, enero 13, 2025
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Es Ley en Edomex: publican reforma de despenalización del aborto

*Melchor García*

Foto: Ilustrativa

La gobernadora del Estado de México, Delfina Gómez Álvarez, oficializó las reformas al Código Penal estatal, sobre la despenalización del aborto en la entidad.

Las modificaciones fueron publicadas en el Periódico Oficial Gaceta de Gobierno, convirtiéndose en ley a partir de este 7 de diciembre.

Con ello se oficializa la reforma que establece que la interrupción del embarazo dentro de las primeras 12 semanas de gestación no será considerada delito.

Sin embargo, se detallan sanciones para la persona gestante que se practique el aborto después de este plazo, así como para quienes lo realicen sin el consentimiento de la mujer o persona gestante en cualquier momento de la gestación. La pena por la interrupción no consentida va de cinco a diez años de prisión, además de una multa que puede oscilar entre 50 y 400 días.

Diario Evolución recomienda:

Violencia en el aborto: Si la interrupción del embarazo se realiza con violencia física, psicológica o negligencia médica, las penas se incrementarán.

Además, los profesionales de la salud involucrados en estos casos podrían enfrentar una suspensión de entre tres y seis años de su ejercicio profesional, con posibilidad de hasta 20 años en caso de reincidencia.

Definición de “persona gestante”: El Código Penal también aclara que el término “persona gestante” se refiere a cualquier individuo con aparato reproductor capaz de gestar, sin importar su identidad de género, expresión de género u orientación sexual.

Con esta reforma, el Estado de México se une a otras entidades en el país que han despenalizado el aborto, garantizando el acceso a este derecho dentro de las primeras 12 semanas de gestación y abriendo el camino para una atención más segura y adecuada para las personas gestantes.

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