martes, abril 23, 2024
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Golpe a Serafín Gutiérrez; queda fuera de la pugna electoral en Xonacatlán

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*José Ángel Gutiérrez*

Foto: José Ángel Gutiérrez.
**El TEEM le acredita tres hechos de violencia de género y se vuelve inelegible por la “3 de 3”; le ordenan publicar el resolutivo, disculparse con la regidora inconforme y tomar un curso de violencia de género**

Tras la sesión pública del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM), un golpe impactó a Serafín Gutiérrez Morales, alcalde de Xonacatlán, quien al acreditar violencia política de género quedó fuera de la contienda electoral y registrado en el padrón de infractores de género.

Al quedar con tal sanción, el edil de Movimiento Ciudadano queda al margen de la Ley 3 de 3, cuya especificación determina que para registrarse como candidato no debe contar con condena por delito por violencia de género, deuda alimentaria o agresión de índole sexual.

Magistrados del TEEM dieron a conocer hoy el resolutivo derivado de la queja presentada por Simeí Jared Rincón Bartolo, cuarta regidora del Ayuntamiento de Xonacatlán, en procedimiento sancionador 7 de 2020 contra del edil, por supuesta comisión de violencia política de género.

“A partir del análisis de las pruebas aportadas por las partes en el procedimiento, así como el juicio ciudadano local 24 de 2020 que dio origen a la cadena impugnativa y su incidente de inejecución, se tienen acreditados únicamente tres de los hechos denunciados”, indica el TEEM.

Una omisión fue informar a la funcionaria el momento de su restitución como titular de la comisión de agua, drenaje y alcantarillado -de la cual fue removida para auxiliarla durante su embarazo-, al igual que la negativa de brindarle recursos materiales y mobiliario de oficina.

El tercer hecho acreditado fue la disminución total de personal a cargo de la inconforme, quien en entrevista previa con Diario Evolución había manifestado esas anomalías de Gutiérrez Morales, quien vociferaba con tenía en el bolsillo la relección como presidente.  

En tal sentido el TEEM especifica artículos de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México, en concepto de la ponencia de los hechos acreditados, al colocar al infractor en “posición asimétrica de poder frente a la quejosa”.

Conforme a la calificación e individualización de la sanción realizada, el órgano electoral propuso amonestar públicamente a Serafín Gutiérrez, además de ordenarle una disculpa pública hacia la regidora en la próxima sesión de cabildo y en los estrados del Ayuntamiento.

También vincula al Ayuntamiento para que publique en su página de internet los resolutivos de la sentencia y ordena al Instituto Electoral del Edomex (IEEM) aplique las sanciones en términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.

Inclusive ordena al presidente municipal que, “en conjunto con la Secretaría de la Mujer de la entidad, realice y tome un curso de violencia política de género, al que deberá invitar a los integrantes de dicho órgano municipal, con el fin de inhibir dichas conductas”.

Y finalmente propuso dar vista al INE para que, a través de la comisión permanente de igualdad de género y no discriminación de este organismo, incluya a Serafín Gutiérrez en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política de Mujeres en Razón de Género.

Gutiérrez Morales y sus allegados pretenden apelar la resolución ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, empero seguramente no procederá o será ratificada la sanción.

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