México prohíbe a escuelas públicas y privadas reprobar a alumnos de educación básica
*Redacción Diario Evolución*

En una resolución histórica que redefine la evaluación escolar en todo el país, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló por unanimidad el Acuerdo 10/09/23 de la Secretaría de Educación Pública (SEP). Este acuerdo prohíbe la reprobación automática de alumnos en educación básica (preescolar, primaria y secundaria) y elimina el requisito mínimo del 80 por ciento de asistencia para acreditar el grado.
La medida aplica obligatoriamente a escuelas públicas y privadas y beneficiará directamente a más de 23.3 millones de estudiantes. Aquí los cambios clave por nivel educativo: Preescolar (Fase 2): Acreditación automática solo por cursar el grado.
Primaria (Fases 3 a 5): 1° grado: Promoción automática; 2° a 6° grado: Promedio mínimo de 6 en los campos formativos (escala de 5 a 10, donde 5 es reprobatorio). Si un alumno tiene hasta 4 disciplinas no acreditadas, puede regularizar; si son 5 o más, repite el grado.
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Secundaria (Fase 6): Calificaciones numéricas por disciplina (5-10). Se permite promoción aunque se reprueben hasta 4 materias, siempre que se acrediten al menos 6 disciplinas tras un periodo de regularización.
Padres y maestros en redes sociales muestran división: unos ven alivio para familias con dificultades de transporte o trabajo; otros temen que los alumnos avancen sin dominar competencias básicas. Esta decisión no solo resuelve un amparo técnico: pone en el centro el debate nacional sobre qué significa educación de excelencia en el siglo XXI
