jueves, abril 25, 2024
MunicipiosPolíticaPortadaSeguridad

Aprueban en comisiones reforma en materia de emplazamientos para agilizar procesos judiciales

Compartir:

*Alberto Dzib* 

Foto: Alberto Dzib.
Los legisladores avalaron que, ante la falta de identificación de la parte demandada, se procederá como si no se hubiese encontrado en el domicilio para garantizar que quien esté llamado a juicio conozca la demanda que hay en su contra.

Los integrantes de las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales con Administración y Procuración de Justicia, aprobaron por unanimidad una reforma al Código de Procedimientos Civiles de la entidad en materia de emplazamientos, para agilizar los procesos judiciales una vez que se admite la demanda. 

La propuesta formulada por la diputada del PRI, Lorena Marín Moreno, señala que actualmente en el documento reformado, no se contempla el caso de que la persona demandada no se identifique ante el notificador del emplazamiento a audiencia con algún medio oficial como la credencial de elector, pasaporte, cédula profesional o licencia de conducir, por lo que, en estas circunstancias, los notificadores no pueden certificar la identidad de los demandados. 

En ese sentido la modificación consiste en que, si la persona demandada no presenta algún medio de identificación, el notificador podrá dejar un citatorio con la misma persona o alguna otra que se encuentre en el domicilio que se señale a fin de que al siguiente día en un horario específico, la diligencia sea entendida con la persona demandada, plenamente identificada o con cualquier persona que se encuentre en el domicilio. 

Los legisladores de Morena, PRI y PAN, consideraron que con esta reforma se permitirá dar celeridad a los procesos judiciales para desahogar las audiencias ante un juez y evitar que, con motivo de la falta de identificación, se pueda llegar incluso a la presentación de un amparo de la parte demandada, debido a la falta de notificación. 

Además, se señala que en razón de que los notificadores en estas circunstancias deberán proceder como si la persona buscada en la primera cita no se hubiese encontrado, garantizará que la persona llamada a juicio, se entere de que existe una demanda en su contra y ejerza su derecho de audiencia. 

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *