jueves, abril 25, 2024
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Servidores públicos que realicen inspecciones policiacas requerirán amplia capacitación: Medina Peñaloza

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*Alberto Dzib*

FOTO: ANGEL AGUILAR.

Lugo de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación declarara constitucional las inspecciones policiacas en personas o vehículos sin necesidad de contar con una orden judicial, el titular del Poder Judicial en el Estado de México, Sergio Javier Medina Peñaloza, se pronunció a favor de la resolución, pero puntualizó que la capacitación en los servidores públicos, que ejerzan esta facultad, será fundamental.

Argumentó que la ampliación de los límites en actos de molestia, por parte de las autoridades, que supone esta medida judicial está orientada a la garantía de seguridad de las personas, sin embargo, reconoció que, si no existe la formación profesional e implementación adecuada de protocolos, se podría incurrir en violaciones a derechos humanos, y por ello se requiere que la resolución este acompañada de la instrucción puntual de los ejecutores de estas acciones también conocidas como cateos.

Dijo así que la resolución de la SCJN tendrá efectos positivos si se cumplen los criterios de respeto y protección de derechos humanos que se reclaman también en las estrategias de seguridad a nivel nacional.

“Habrá que capacitar sumamente a quienes operen estos proyectos para que pueda dar el resultado que la ciudadanía espera, todos queremos seguridad, aspiramos siempre a la seguridad, la corte por eso toma este criterio de seguridad y protección para todos”.

Tras inaugurar el Encuentro Internacional sobre Derechos Humanos “Igualdad, garantías jurídicas y derechos humanos”, en la Escuela Judicial mexiquense, negó que el hecho de que la responsabilidad radique mayoritariamente en los policías advierta de un fracaso en la implementación de inspecciones o violación de derechos humanos, pero insistió en que, en el ejercicio de esta facultad, debe imperar el apego institucional a los derechos humanos.

De acuerdo con lo resuelto por la SCJN, las inspecciones las inspecciones policiacas en personas y vehículos pueden realizarse sin mediar orden judicial, cuando exista sospecha razonable o flagrancia en la comisión de algún delito.

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