sábado, octubre 5, 2024
Municipios

Presenta PRI iniciativa para atender a pueblos indígenas

Foto: Especial.
Se prevé aumentar de 15 a 30 días el periodo de la ausencia temporal de los presidentes municipales e integrar la Secretaría de la Mujer a la Junta de Gobierno del CEDIPIEM.

El Grupo Parlamentario del PRI en la LXI Legislatura presentó, en voz de los diputados Leticia Mejía García y Mario Santana Carbajal, dos iniciativas con proyecto de Decreto para fortalecer la atención que se brinda a los pueblos indígenas de la entidad, y para facilitar el funcionamiento de la administración pública municipal, respectivamente.

La diputada Leticia Mejía García presentó una iniciativa para reformar diversas disposiciones de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Consejo Estatal para el Desarrollo Integral de los Pueblos Indígenas del Estado de México, así como de la Ley de Derechos y Cultura Indígena del Estado de México para que se pueda integrar a la Junta de Gobierno de dicho organismo, a la Secretaría de la Mujer, además de proponer que la representación de la Legislatura ante el Consejo, recaiga en quien presida la Comisión Legislativa de Asuntos Indígenas.

Es necesario destacar que la Junta de Gobierno es la máxima autoridad del CEDIPIEM, y por ello se hace necesaria la presencia de las y los representantes de dichas dependencias que, por su naturaleza, son fundamentales para la atención e impulso del desarrollo de los pueblos indígenas de la entidad.

Finalmente, propuso actualizar la Ley de Derechos y Cultura Indígena del Estado de México, ya que actualmente contiene referencias a instituciones públicas cuyas denominaciones cambiaron, como es el caso de la Secretaría de la Mujer y del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México.

Por su parte, al presentar la iniciativa de reforma con proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 41 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, el diputado Mario Santana Carbajal señaló que la normativa actual establece que, ante la ausencia temporal de la presidenta o presidente municipal, será el secretario del Ayuntamiento quien cubra dichas faltas hasta por 15 días; en caso de extenderse el plazo, y hasta 100 días, será un regidor del propio ayuntamiento quien le supla, fungiendo como presidente municipal por Ministerio de Ley, para lo cual se requerirá de un acuerdo del cabildo, a propuesta de la presidenta o presidente municipal.

Sin embargo, explicó, actualmente las y los presidentes municipales requieren salir constantemente para promover el desarrollo de sus regiones, a lo que se suman las emergencias por motivos de salud, como fue el caso de la pandemia de Covid-19, o los propios procesos internos de los partidos políticos para la selección de candidatos, que hacen insuficiente el actual periodo permitido.

Por ello, planteó extender hasta por 30 días dicho permiso ya que el plazo que actualmente está en funciones es limitado y no se ajusta a la realidad actual del funcionamiento de los gobiernos municipales.

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