viernes, abril 26, 2024
Nacionales

Necesario marco legal por ley de objeción de conciencia

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*Melchor García*

Foto: Especial.

Desde mayo de 2018, la ley general de salud integra la reforma para adherir la figura de la “objeción de conciencia” a integrantes del sector salud, que les permita no atender a un paciente por cuestiones personales, de conciencia y hasta principios morales; sin embargo, a la fecha no se tiene el marco legal para hacer uso de este derecho, ni la protección por el mismo.  

Martha Patricia Hernández, investigadora de la Facultad de Bioética de la Universidad Anáhuac, reveló que no se ha legislado en los términos para conocer en qué momento del acto médico se puede objetar conciencia, ni cuáles son las características para este tipo hecho; por lo que los médicos que quieran acceder a este derecho aún no saben cómo fundamentar lo ya otorgado y reconocido.  

Los temas dentro del sector salud que siguen generando mayor controversia en la búsqueda de la objeción de conciencia sigue siendo el aborto.

“Tema del aborto, tema de igualdad de género, de cualquier discriminación a cualquier población indígena, generan muchísimo estás cuestiones, como el control que genera la objeción de conciencia, tanto de los médicos como de los estudiantes de medicina, cómo hacer una intervención sin el conocimiento de la paciente.”, expuso.   

Señaló que se requiere, a la par, capacitar a los médicos en torno a qué es la objeción de conciencia, generar guías de actuación y garantizar que en cada hospital se tiene una unidad de bioética encargada de revisar y evaluar cada caso de este tipo.

“Vamos poco a poco, la ley establece que cada hospital debe tener un comité de bioética del tipo, muchos tienen registrado uno, pero, por ejemplo, como perito en bioética, cuando llegamos a juicio y preguntamos quiénes son los miembros, cada cuándo sesionan, la realidad es que no lo hacen, sólo tienen registrado el comité.”, finalizó.

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