jueves, abril 25, 2024
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Decreto que elimina el fuero presidencial entra en vigor este sábado

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*Redacción Diario Evolución*

Foto: Ilustrativa.

Este viernes en el Diario Oficial de la Federación se publicó el decreto por el que se reforman los artículos 108 y 111 de la Constitución, referentes a la eliminación del fuero presidencial y entra en vigor partir de este sábado, 20 de febrero 2021.

El presidente de México no contará con la protección del fuero y podrá ser juzgado, por delitos como traición a la patria, corrupción, delitos electorales y todos aquellos crímenes que cualquier ciudadano puede ser juzgado.

Los artículos modificados quedan de la siguiente forma:

Articulo 108: Durante el tiempo de su encargo, el Presidente de la República podrá ser imputado y juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano o ciudadana.

Artículo 111. Para proceder penalmente contra el Presidente de la República, sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110. En este supuesto, la Cámara de Senadores resolverá con base en la legislación penal aplicable.

Cabe recordar que este proyecto fue aprobado por el Senado en noviembre de 2020, y será aplicable para el presidente actual, y las administraciones siguientes

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